Artículo 120. Normas complementarias
En todo lo no previsto y en cuanto no se oponga a lo ordenado en esta sección, se aplicarán las disposiciones conducentes de este código.
SECCIÓN SEGUNDA
Separación de personas
TÍTULO ÚNICO PROCEDIMIENTOS EN MATERIA FAMILIAR · CAPÍTULO SEXTO PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Artículo 120. Normas complementarias
En todo lo no previsto y en cuanto no se oponga a lo ordenado en esta sección, se aplicarán las disposiciones conducentes de este código.
SECCIÓN SEGUNDA
Separación de personas
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.