Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 17

TÍTULO ÚNICO PRINCIPIOS, DISPOSICIONES GENERALES Y COMPETENCIA · CAPÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 17. Efectos del allanamiento

Cuando se formule allanamiento de la demanda en los juicios regulados en este código, no procederá citar para sentencia. En este caso, el juicio se seguirá por sus trámites legales.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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