Artículo 188. Asesoría e información oportuna a quien otorgará el consentimiento
Previo a la emisión de la sentencia definitiva, la o el juez se asegurará que las personas o instituciones cuyo consentimiento se requiere para la adopción, conforme a la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, han sido asesoradas e informadas sobre el alcance de dicho consentimiento.
En lo particular, será cuidadoso con relación a la ruptura de los vínculos jurídicos entre la persona a quien se va a adoptar y su familia de origen.