Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 261

TÍTULO ÚNICO PROCEDIMIENTOS EN MATERIA FAMILIAR · CAPÍTULO SEXTO PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

Artículo 261. Límite de conocimiento

Dentro de este procedimiento no se resolverá sobre guarda y custodia definitiva, por lo que deberán dejarse a salvo los derechos de los interesados para que promuevan, en su caso, las acciones que correspondan.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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