ARTÍCULO 253.- APLICACIÓN DE LAS REGLAS GENERALES DEL EMBARGO. El aseguramiento de bienes decretado por providencia precautoria y el pago en consignación, se rigen por lo dispuesto en las reglas generales del embargo. El interventor y el depositario serán nombrados por el Juez.
Artículo 253
TÍTULO SEXTO
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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