Código Procesal Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 541

TÍTULO TERCERO

ARTÍCULO 541.- DESIGNACIÓN DE TUTOR ESPECIAL. La designación de un tutor especial para que represente a un menor en un juicio determinado, siempre que las funciones del tutor se circunscriban al de que se trata, se hará por el Juez del conocimiento. TÍTULO CUARTO DECLARACIÓN DE AUSENCIA Y PRESUNCIÓN DE MUERTE

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.