Artículo 12. Por vía de cooperación institucional, el juez podrá solicitar al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia que le preste apoyo o asesoría, o que realice las investigaciones que considere necesarias.
Artículo 12
TÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.
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