ARTÍCULO 166. Nulidad de las actuaciones
Artículo 166. La infracción de lo dispuesto en los artículos anteriores, determina la nulidad de las correspondientes actuaciones. 100
TÍTULO SEXTO ACTOS PROCEDIMENTALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 166. Nulidad de las actuaciones
Artículo 166. La infracción de lo dispuesto en los artículos anteriores, determina la nulidad de las correspondientes actuaciones. 100
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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