ARTÍCULO 282. Irrenunciabilidad de las pruebas
Artículo 282. Ni la prueba en general ni los medios de prueba son renunciables.
Obligación del que afirma
TÍTULO SÉPTIMO ACCIONES Y EXCEPCIONES · CAPÍTULO I DE LA ACCIÓN FAMILIAR
ARTÍCULO 282. Irrenunciabilidad de las pruebas
Artículo 282. Ni la prueba en general ni los medios de prueba son renunciables.
Obligación del que afirma
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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