Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 322

TÍTULO OCTAVO · CAPÍTULO III DE LOS MEDIOS DE PRUEBA

ARTÍCULO 322. Contenido de la declaración

Artículo 322. Las preguntas de la declaración se deben formular afirmativamente o en forma interrogativa, pero con la debida precisión y claridad, sin incorporar valoraciones ni calificaciones, de manera que puedan ser entendidas sin dificultad y sin importar que se refieran o no a hechos propios de la parte que declara.

Objeción a las preguntas

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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