Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 324
TÍTULO OCTAVO · CAPÍTULO III DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
ARTÍCULO 324. Efectos de la negativa o inasistencia a contestar
Artículo 324. Si la parte que debe declarar se niega a contestar o se conduce sus respuestas con evasivas, el juez debe exigirle la respuesta y las aclaraciones que estime pertinentes.
Facultad del juez
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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