Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 432

TÍTULO NOVENO RESOLUCIONES JUDICIALES · CAPÍTULO II DE LAS SENTENCIAS

ARTÍCULO 432. Remisión del expediente al tribunal de alzada

Artículo 432. Si la sentencia es apelada se debe dejar en el juzgado copia certificada de ella y de las constancias necesarias para ejecutarla, y remitirse el expediente original al tribunal de alzada.

Apelación de autos

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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