Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 432
TÍTULO NOVENO RESOLUCIONES JUDICIALES · CAPÍTULO II DE LAS SENTENCIAS
ARTÍCULO 432. Remisión del expediente al tribunal de alzada
Artículo 432. Si la sentencia es apelada se debe dejar en el juzgado copia certificada de ella y de las constancias necesarias para ejecutarla, y remitirse el expediente original al tribunal de alzada.
Apelación de autos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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