Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 481

TÍTULO SEGUNDO PROCEDIMIENTO ORDINARIO · CAPÍTULO II DE LA FASE INICIAL DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO

ARTÍCULO 481. Efectos del emplazamiento 18

SECCIÓN TERCERA.- DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA E INTERPOSICIÓN DE LA RECONVENCIÓN

Artículo 481. El emplazamiento tiene los efectos siguientes:

I. Constituir la relación jurídica;

II. Prevenir el juicio en favor del juez que lo hace, y

III. Imponer al demandado la carga de contestar la demanda ante el juez que lo haya emplazado, sin perjuicio del derecho de impugnar la competencia que le corresponda.

Sección Tercera

De la contestación de la demanda e interposición de la reconvención

Formulación de la contestación de la demanda

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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