Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 60
TÍTULO SEGUNDO JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA OBJETIVA 3 · CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA OBJETIVA
ARTÍCULO 60. Responsabilidad de los juzgadores por infracción a este Capítulo
Artículo 60. La infracción de los artículos que integran este Capítulo, es causa de responsabilidad de los jueces o magistrados, según corresponda en términos de la ley de la materia.
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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