Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 746

TÍTULO SEGUNDO ASUNTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA CON TRAMITACIÓN ESPECIAL · CAPÍTULO III DE LOS CONTRATOS QUE SE CELEBREN EN RELACIÓN CON LOS

ARTÍCULO 746. Arrendamiento, gravamen o transacción sobre bienes

Artículo 746. Lo dispuesto en los artículos anteriores es aplicable al gravamen, arrendamiento o transacción sobre los bienes de las niñas, niños, adolescentes y personas incapaces, que se realicen por más de tres años.

Solicitud de enajenación de los bienes del ausente o del presunto muerto

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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