ARTÍCULO 12
Negada la extradición de un individuo no podrá solicitarse de nuevo por el mismo hecho imputado.
ARTÍCULO 12
Negada la extradición de un individuo no podrá solicitarse de nuevo por el mismo hecho imputado.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.