ARTÍCULO 3º. Son autoridades competentes para la aplicación de esta Ley el Ejecutivo y los ayuntamientos de los municipios del Estado.
Artículo 3
CAPÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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