Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 53

CAPÍTULO IV DE LAS UNIDADES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA; Y DE LAS

ARTÍCULO 53. Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por las disposiciones de la presente Ley y las del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, así como por la escritura constitutiva del régimen de propiedad en condominio y el reglamento interno respectivo.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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