Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 334

TÍTULO DÉCIMO

ARTÍCULO 334. Los proyectos de fraccionamientos especiales se orientarán conforme a la siguiente tabla:

ESPECIALES DENSIDAD

Máxima de lotes por hectárea

SUPERFICIE

MINIMA POR LOTE

Metros cuadrados

USO Y DESTINO Área de donación para equipamiento y áreas verdes

Coeficiente de ocupación de suelo (COS)

COMERCIALES 50 120 Comercial y de servicios

5% del área total del predio con el 80% para áreas verdes y 20% para equipamiento.

60% como máximo de la superficie total del mismo

INDUSTRIALES 8 600 Exclusivamente

Industrial

10% del área total del predio para áreas verdes

70% como máximo de la superficie total del mismo

MICRO PRODUCTIVOS

30 200

Microproductivo y hasta un 20% para comercio y servicios.

10% del área total del predio para áreas verdes

70% como máximo de la superficie total del mismo

ESPECIALES MIXTOS

50 120 Mixto

10% del área total del predio con el 50% para áreas verdes y el 50% para equipamiento. como máximo de la superficie total del mismo

GRANJAS DE EXPLOTACIÓN AGROPECUARI A

3 3000 Explotación agropecuaria y hasta un 30% habitacional

10% del área total del predio con el 50% para áreas verdes y el 50 % para equipamiento.

15% como máximo de la superficie total del mismo

Sección Segunda

Ha

Sección Segunda

Habitacional Suburbano o Rural

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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