ARTÍCULO 407. El ayuntamiento mandará a publicar en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, dentro de los noventa días siguientes a la aprobación de un fraccionamiento, la autorización definitiva de éste en versión abreviada, así como en la Gaceta Municipal respectiva y en los estrados municipales.
La referencia de ésta autorización deberá incluirse en la publicidad que los promotores hagan del fraccionamiento respectivo.