Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 41

TÍTULO TERCERO ORGANOS DELIBERATIVOS Y AUXILIARES

ARTÍCULO 41. El Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana, determinará con base en lo señalado en el artículo inmediato anterior, la integración de la Junta de Gobierno y el Cuerpo Técnico, así como sus atribuciones, organización y funcionamiento, pudiendo ampliar su estructura orgánica, conforme a sus necesidades y presupuesto asignado.

Sección Tercera

Institutos Metropolitanos de Planeación Urbana

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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