Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos · Federal

Artículo 38

TITULO TERCERO Fabricación, Comercio, Importación, Exportación y Actividades Conexas · CAPITULO I Disposiciones preliminares

Artículo 38.- Los permisos a que se refiere el artículo anterior, no eximen a los interesados de cubrir los requisitos que señalen otras disposiciones legales, según la naturaleza de sus actividades.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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