Artículo 173-A. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización de arrendamiento y subarrendamiento de bandas de frecuencias concesionadas para uso comercial o privado, en este último caso con propósitos de comunicación privada, se pagarán derechos conforme a la cuota de ................................................................................................................................................. $19,167.81
Artículo reformado DOF 20-12-1991. Derogado DOF 03-12-1993. Adicionado DOF 18-11-2015. Reformado DOF 07-12-2016