Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 39

TITULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPITULO IV Del Impuesto Sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje

ARTICULO 39.- Son responsables solidarios del pago de este impuesto:

I. Los servidores públicos encargados de dar permiso o licencia permanente o temporal para el funcionamiento de los establecimientos que presten servicios de hospedaje, sin que se cumplan los requisitos establecidos en ley.

II. Los demás que señale el Código Fiscal del Estado.

(ADICIONADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2003)

SECCION CUARTA

De la Base

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2013) Página

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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