ARTICULO 60.- Tratándose de vehículos cuyo año modelo corresponda al periodo anterior a los últimos diez años a la fecha en que se realiza la adquisición de vehículos usados de motor se pagará una cantidad igual al importe de los derechos de control vehicular causados en el ejercicio fiscal en el cual se realice el trámite, por cada operación.
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2003)
SECCION QUINTA
Del Pago
(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2013)