Ley de Hacienda del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 16

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO II Del Impuesto Sobre Nóminas

ARTÍCULO 16. - El impuesto se causará en el momento en que se realicen los pagos o se efectúen las erogaciones que son objeto del mismo y se determinará aplicando a la base que resulte conforme al artículo anterior o en su caso conforme al segundo párrafo del artículo 14, la tasa del 2%.

SECCIÓN QUINTA Del Pago

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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