ARTÍCULO 72.- Corresponden a la Hacienda Pública del Estado de Campeche, los ingresos por utilidades de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos. Dichas entidades se regirán conforme a las disposiciones contenidas al respecto en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
Artículo 72
TÍTULO CUARTO DE LOS PRODUCTOS · CAPÍTULO VI
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.