Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 76

TITULO IV DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES · CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES

ARTICULO 76. Son infracciones relacionadas con el ejercicio de la facultad de comprobación, las siguientes:

I. Oponerse a que se practique la visita en el domicilio fiscal. No suministrar los datos e informes que legalmente exijan las autoridades fiscales o suministrarlos fuera de los plazos legales o en forma incompleta; no proporcionar la contabilidad o parte de ella, el contenido de las cajas de valores y en general, los elementos que se requieran para comprobar el cumplimiento de obligaciones propias o de terceros.

II. No conservar la contabilidad o parte de ella, así como la correspondencia que los visitadores les dejen en depósito.

(REFORMADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2020) (REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2019) 47

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de diciembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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