Artículo 63.- Por los servicios prestados en el Poder Judicial se pagarán los derechos siguientes:
(REFORMADO DECRETO 426, 26 DE NOV 2008)
I.- Expedición de copias simples en procedimientos civiles, mercantiles y sucesorios:
(REFORMADO DECRETO37, P.O. 71, SUPL. 02, 29 DIC. 2015) a).- Por la primera hoja………………………………………………………………. 0.050
(REFORMADO DECRETO 37, P.O. 71, SUPL. 02, 29 DIC. 2015) b).- Por cada hojas más o fracción…………………………………………………. 0.020
II.-Expedición de copias certificadas en procedimientos civiles, mercantiles y sucesorios:
(REFORMADO DECRETO 37, P.O. 71, SUPL. 02, 29 DIC. 2015) a).- Por la primera hoja ......................................................................................... 0.300
(REFORMADO DECRETO 37, P.O. 71, SUPL. 02, 29 DIC. 2015) b).- Por cada hoja más o fracción ......................................................................... 0.080 87
(REFORMADO DECRETO 504, P.O. 31, 13 JUNIO 2015)
III.- Expedir copias certificadas de audiencias relativas a procedimientos orales civiles, mercantiles y sucesorios en Unidades de Almacenamiento en Disco Compacto: a) Por cada disco compacto …………………………………………………… .......... 0.700 b) Por cada disco adicional de una misma audiencia………………………............ 0.200
(REFORMADO DECRETO 504, P.O. 31, 13 JUNIO 2015)
IV.- Publicaciones de manera electrónica: a) Primer día de publicación en medio de difusión electrónico................... ........... 5.000 b) Por cada día subsecuente de publicación…………………………………........... 0.200
(ADICIONADA DECRETO 211, P.O. 28 DICIEMBRE 2019)
V.- Cuota de recuperación por día : a) Por el uso del auditorio externo............................................................................... 11.840 b) Por el uso del auditorio interno....................................................................................9.480 c) Por el uso de sala adjunta del auditorio externo .........................................................5.920
(ADICIONADA DECRETO 225, P.O. 87, 31 DICIEMBRE 2022)
VI.- Expedición de copias simples de los documentos solicitados por los particulares que, conforme a la ley, puedan otorgarse por la dependencia responsable de acceso a la información pública y protección de datos personales, se causarán y pagarán los siguientes derechos: a).- Por la primera a la vigésima hoja …………………………………… 0.000 b).- Por la vigésima primera hora ………………………………………… 0.050 c).- Por cada hoja más o fracción ………………………………………… 0.020
(ADICIONADA DECRETO 225, P.O. 87, 31 DICIEMBRE 2022)
VII.- Expedición de información contenida en unidades de almacenamiento en disco compacto solicitados por los particulares que, conforme a la ley, puedan otorgarse por la dependencia responsable de acceso a la información pública y protección de datos personales: a).- Por el primero disco compacto ……………………………………… 0.700 b).- Por cada disco compacto adicional ………………………………… 0.200