ARTICULO 77.- Para determinar las contribuciones y demás conceptos de ingreso que se establecen en esta Ley, se considerarán inclusive, las fracciones del peso; no obstante, para efectuar su pago, el monto se ajustará a la unidad de peso mas próxima.
Derogado. DECRETO 211, P.O. 28 DICIEMBRE 2019 .
(REFORMADO DECRETO 133, P.O. 22 NOVIEMBRE 2016)