Ley de Hacienda del Estado de Durango · Durango

Artículo 4

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO I DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS

ARTÍCULO 4.- Para efectos del artículo anterior, se deben considerar incluidas en el objeto de este impuesto, todas las erogaciones que se realicen por conceptos que se asimilan a los ingresos por salarios conforme a lo previsto en el artículo 94, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.

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