TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO I DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS
ARTÍCULO 5.- Son sujetos del impuesto al que se refiere este capítulo las personas físicas y morales que efectúen los pagos a que se refieren los artículos 3 y 4 de la presente ley.
Serán responsables solidarios del pago de este impuesto las personas físicas y morales que reciban servicios personales subordinados dentro del territorio del Estado, cuando quien realice los pagos a que se refiere este capítulo resida fuera de este.
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodurango.gob.mx.
Criterios de la Corte que citan este artículo
Aparecen porque su texto cita el artículo 5 de la Ley de Hacienda del Estado de Durango. No quiere decir que resuelvan un caso concreto. La jurisprudencia obliga a los tribunales; la tesis aislada solo orienta. Antes de citar uno, confirma en el Semanario Judicial de la Federación que no haya sido superado o modificado.