Artículo 299.- Los poderes Legislativo, Judicial y los Organismos Autónomos, formularán sus respectivos anteproyectos de presupuesto, y los presentarán al Ejecutivo el último día hábil anterior al día quince del mes de agosto, para su incorporación al proyecto del Presupuesto de Egresos, considerando las previsiones de ingresos y gasto público.
Artículo 299
TITULO NOVENO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS · CAPITULO SEGUNDO DE LA INTEGRACION Y PRESENTACION
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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