Ley de Hacienda del Estado de Guerrero (Núm. 419) · Guerrero

Artículo 228

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V IMPUESTO SOBRE OPERACIONES

ARTÍCULO 228.- El ingreso gravable del comitente, estará formado por el total de los ingresos obtenidos con motivo de las operaciones celebradas por el comisionista agente, consignatario, representante, corredor o distribuidor, sin que sea deducible, para este efecto, la retribución estipulada.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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