Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 100

Artículo 100. La convocatoria a que se refiere el artículo anterior, se publicará en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en uno de los periódicos locales de mayor circulación y en los estrados de las dependencias públicas locales, debiendo contener los siguientes datos:

I. Naturaleza de la obra;

II. Costo de la obra; y

III. Relación de las calles en que la obra se vaya a ejecutar.

Comité de contribuyentes

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: finanzas.guanajuato.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.