Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 16

Artículo 16. El procedimiento para determinar presuntivamente el Impuesto Sobre Nóminas a pagar será el siguiente:

I. La base determinada conforme al artículo anterior se multiplicará por la tasa prevista en el artículo 10 de la presente Ley, para el periodo o periodos calculados; y

Fracción reformada P.O. 24-12-2020

II. En caso de que el contribuyente hubiere realizado pagos por el periodo o periodos calculados, éstos se restarán al resultado obtenido en la fracción anterior.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: finanzas.guanajuato.gob.mx.

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