Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 98

Artículo 98. Las obras públicas afectas a esta contribución se llevarán a cabo conforme a las siguientes etapas:

I. Aprobación de la obra y su costo;

II. Determinación de la base para el cobro de la contribución y la cuota correspondiente; y

III. Construcción de la obra y su cobranza.

Convocatoria a asamblea para la aprobación de obra y su costo

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: finanzas.guanajuato.gob.mx.

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