ARTÍCULO 26.- Los contribuyentes de este impuesto tienen las obligaciones siguientes:
I. Inscribirse en el Padrón Estatal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda, dentro del mes siguiente a la fecha de inicio de sus operaciones, vía internet o mediante las formas oficiales aprobadas por la misma Secretaría en el Centro Regional de Hacienda de su jurisdicción;
Fracción reformada P.O. Alcance trece del 31 de diciembre de 2021, alcance ocho del 29 de diciembre de 2023. 8
Para efectos de la inscripción a través de medios electrónicos, el contribuyente deberá contar con su Firma Electrónica, expedida por el Servicio de Administración Tributaria.
II.- Las personas físicas o morales, cuya casa matriz y sucursales operen en diferentes lugares dentro del territorio del Estado, deberán presentar una sola declaración conforme a lo dispuesto por el
Artículo 25 de esta Ley, en la que se acumulará a la base gravable, el número de trabajadores y el impuesto a pagar por cada una de sus negociaciones; así como deberán registrar el domicilio de las sucursales que operen dentro del Territorio del Estado;
III. Las personas físicas o morales cuya matriz se encuentre ubicada fuera del territorio del Estado y cuenten con sucursales dentro del mismo, deberán dar aviso al Centro Regional de Hacienda correspondiente, respecto de las sucursales que realicen sus operaciones dentro de esta Entidad Federativa, así como del lugar en el que se presentará la declaración que corresponda conforme a lo dispuesto en el Artículo 25 de esta Ley, en la que acumulará la base gravable del impuesto y el número de trabajadores que tengan en todas las sucursales citadas; así mismo deberán registrar el domicilio de las sucursales que operen dentro del Territorio del Estado, así como el domicilio de la casa matriz ubicado fuera del Territorio del Estado; y
Fracción reformada P.O. Alcance trece del 31 de diciembre de 2021, alcance ocho del 29 de diciembre de 2023.
IV. Presentar, vía internet o a través de los Centros Regionales de Hacienda mediante las formas oficiales aprobadas por la Secretaría de Hacienda, los avisos que correspondan, conforme al Código Fiscal del Estado de Hidalgo.
Así mismo, presentar ante cualquier Centro Regional de Hacienda, las declaraciones informativas, manifiestos y cualquier otro documento de naturaleza análoga que dispongan las leyes fiscales del Estado, en las formas oficiales, con los requisitos y en los plazos que en las mismas se establezcan.
Fracción reformada P.O. Alcance trece del 31 de diciembre de 2021, alcance ocho del 29 de diciembre de 2023.
V. Las personas físicas o morales que subcontraten servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, deberán presentar ante la Secretaría de Hacienda un aviso dentro del mes siguiente a aquél en que se celebre el contrato o se realicen modificaciones al mismo, mismo que deberá señalar el número de trabajadores que presten los servicios correspondientes, la denominación o razón social, el Registro Federal de Contribuyentes y el domicilio del contratista, así como anexar copia certificada del contrato respectivo.
En el caso de que no se llegará a exhibir el aviso ante la Secretaría de Hacienda en el término señalado, las autoridades fiscales tienen la facultad de requerir la presentación del mismo, cuando así lo crean conveniente y concederán un plazo de 10 días hábiles para dar cumplimiento con lo solicitado. Fracción reformada P.O. Alcance trece del 31 de diciembre de 2021, alcance ocho del 29 de diciembre de 2023.
DE LAS EXCEPCIONES