Ley de Hacienda del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 23

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO SEGUNDO Del Impuesto sobre Negocios Jurídicos

Artículo 23 . Es objeto de este impuesto, la adquisición, la compra-venta, donación, permuta o aportación a una sociedad, tanto de vehículos automotores usados, eléctricos, de remolques y semirremolques, así como los obtenidos por premios en rifas y sorteos.

De los sujetos

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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