ARTÍCULO 19.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 6% al valor de los actos o actividades realizados, a que se refiere el artículo 17. (REFORMADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2021) Se considerará como valor, el total de las cantidades efectivamente percibidas de los participantes por dichas actividades. En los juegos o sorteos en los que se apueste, se considerará como valor el monto total de las apuestas, incluyendo efectivo y cualquier otra cantidad que se otorgue a los participantes con independencia de la denominación que se le dé (promociones, membresías, acceso a las instalaciones, entre otros), en virtud de que dichos conceptos también pueden ser apostados por los participantes. Por lo anterior, tratándose de juegos o sorteos en los que se apueste, se tendrán las siguientes obligaciones:
Artículo 19.- Las facultades del Comité Técnico son los siguientes:
I. Gestionar ante el fideicomitente la transferencia de los recursos que se comprometió a transferir para el cumplimiento de los objetos y fines del fideicomiso;
II. Gestionar ante terceros aportación de recursos para el cumplimiento de los objetos y fines del fideicomiso;
III. Seleccionar los proyectos sociales que serán financiados. El gobierno, las personas, asociaciones, grupos y colectivos propondrán los programas, acciones, planes y proyectos, conforme a los respectivos lineamientos, para ser seleccionados y aprobados por el Comité Técnico del fideicomiso, y serán instrumentados por quienes el Comité Técnico designe;
IV. Instruir a la fiduciaria sobre la distribución de los recursos fideicomitidos;
V. Instruir a la fiduciaria sobre la inversión de los bienes fideicomitidos;
VI. Vigilar a la fiduciaria respecto a la administración del patrimonio del fideicomiso;
VII. Aprobar los estados financieros realizados por la fiduciaria;
VIII. Realizar un informe semestral a la Secretaría de Finanzas y Tesorería del Estado sobre el uso de los recursos del fideicomiso;
IX. Monitorear el uso de los recursos del fideicomiso y la realización de los proyectos financiados con recursos del fideicomiso. 117
X. Crear anualmente un plan de trabajo. Dicho plan deberá aprobarse a más tardar en el mes de diciembre.
XI. Crear una asociación civil y otorgar los recursos necesarios para operar los recursos fideicomitidos.
XII. Crear subcomités, comisiones o cuerpos de trabajo para el cumplimiento de las finalidades del fideicomiso.
XIII. Todas las necesarias para cumplir con los objetos y finalidades del fideicomiso.
I. Incluir como valor para calcular el impuesto, cualquier otra cantidad que se otorgue a los participantes con independencia de la denominación que se le dé (promociones, membresías, acceso a las instalaciones, entre otros);
II. No disminuir de las erogaciones para participar en juegos con apuestas, las promociones, membresías, acceso a las instalaciones, entre otros, por corresponder a la retribución que obtiene el ganador de un juego con apuestas y sorteos;
III. No disminuir de la base del impuesto ninguno de los conceptos o importes que deban integrarla conforme a la presente Ley. 7
Tratándose de los juegos o sorteos en los que la apuesta se realice mediante fichas, tarjetas, contraseñas o cualquier otro comprobante, así como a través de bandas magnéticas, dispositivos electrónicos u objetos similares, que se utilicen para apostar en sustitución de cantidades de dinero y sean aceptadas para esos fines por la persona que realice el juego a sorteo de que se trate, se considerará como valor el total de las cantidades equivalentes en moneda nacional que amparen dichos medios. Cuando en algún sorteo el premio ofrecido se encuentre contenido de manera referenciada y oculta en bienes cuya adquisición otorgue el derecho a participar en dicho sorteo, se considerará como valor el precio en el que la persona que lo realice haya enajenado todos los bienes que participen en ese sorteo. Tratándose de sorteos en los que los participantes obtengan dicha calidad, incluso a título gratuito, por el hecho de adquirir un bien o contratar un servicio, recibiendo para ello un comprobante, se considerará como valor el monto total nominal por el que se entregue cada comprobante que otorgue el derecho a participar, conforme a las condiciones del sorteo establecidas en el permiso otorgado por la autoridad competente. Cuando además de adquirir un bien o contratar un servicio, se pague una cantidad adicional para participar en el sorteo de que se trate, el impuesto además de calcularse en los términos ya señalados también se calculará sobre dicha cantidad. Los valores a que se refiere este artículo se podrán disminuir con el monto de los siguientes conceptos:
I.- Los premios efectivamente pagados o entregados conforme a las disposiciones aplicables. Tratándose de premios diversos al efectivo, el monto que se podrá disminuir será el que corresponda al valor estipulado en el permiso otorgado por la autoridad competente o, en su defecto, el valor de mercado.
II.- Las cantidades efectivamente devueltas a los participantes, siempre que las devoluciones se efectúen previo a la realización del evento y éstas se encuentren debidamente registradas en contabilidad y, tratándose de juegos o sorteos en los que se apueste, también se registren en el sistema central de apuestas. Cuando el premio incluya la devolución de la cantidad efectivamente percibida del participante, dicho concepto se disminuirá únicamente como premio. Cuando el monto de los conceptos mencionados en las fracciones anteriores sea superior a los valores de las actividades a que se refiere el artículo 17 de esta Ley, correspondientes al mes de que se trate, la diferencia se podrá disminuir en los meses siguientes hasta agotarse. Se considerará también como valor de los actos o actividades realizados, el total de las cantidades efectivamente percibidas por los operadores de los establecimientos de los participantes por dichas actividades, por concepto de acceso y utilización de máquinas o instalaciones relacionados con los juegos con apuestas y sorteos, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe. (ADICIONADO, [REFORMADO] P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)