Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León · Nuevo León

Artículo 243

TITULO SEGUNDO DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO, FUERON SUSPENDIDOS CON · CAPITULO DECIMO

ARTICULO 243.- La Tesorería General ordenará la impresión de los marbetes a que se refiere esta Ley, les fijará su forma y el monto del impuesto enterado que amparan.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de enero de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente: tee-nl.org.mx.

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