Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 54

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO IV DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE

Artículo 54.- Este impuesto se pagará conforme a la cuota que anualmente se fije en la Ley de Ingresos del Estado vigente en el ejercicio fiscal que corresponda.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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