Ley de Hacienda del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 107 BIS

CAPÍTULO NOVENO IMPUESTOS ECOLÓGICOS

ARTÍCULO 107 BIS. Por la búsqueda de antecedentes y cotejo, causarán y pagarán el equivalente correspondiente, conforme a lo siguiente: (Adición P. O. No. 109, 23-XII-21)

I. Búsqueda de antecedentes en los archivos con expedición de copias certificadas, por cada 20 hojas,

7.5 UMA; (Adición P. O. No. 109, 23-XII-21)

II. Búsqueda de antecedentes en los archivos sin expedición de certificados por inmueble, 3 UMA; (Adición P. O. No. 109, 23-XII-21)

III. Derogada. (P. O. No. 102, 27 - XII - 23)

IV. Derogada. (P. O. No. 102, 27 - XII - 23)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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