Ley de Hacienda del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 176

CAPÍTULO DÉCIMO

Artículo 176. Son multas, las sanciones económicas que se imponen por cometer una falta o infracción establecida en los reglamentos, leyes o cualquier legislación.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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