Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 52

TITULO II DE LOS IMPUESTOS · CAPITULO IV DEL IMPUESTO AL COMERCIO Y LA INDUSTRIA

ARTÍCULO 52.- Son sujetos de este impuesto las personas físicas o morales que obtengan habitual u ocasionalmente los ingresos gravados por este capítulo, cuyas operaciones sean realizadas o que surtan sus efectos en el territorio del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de diciembre de 2006. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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