ARTÍCULO 39. Por los servicios de publicaciones electrónicas en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, se pagará el derecho de inserción conforme a las siguientes cuotas, establecidas en UMA vigente:
I. En el caso de textos, por carácter 0.003, y
II. En el caso de Balances, por plana 6.00.
No pagarán el derecho de inserción la publicación de, leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, resoluciones, fe de erratas, convenios, contratos, circulares, convocatorias, y cualquier otra disposición de observancia o interés general, las relativas a asuntos que se tramiten por conducto de la Defensoría Pública, y las que por disposición legal se establezca alguna exención.