Artículo 10 Bis.- Las Oficinas de Convenciones y Visitantes están obligadas a informar a la Secretaría de Hacienda del Estado dentro de los 10 días naturales posteriores a cada trimestre, información detallada de los RFC de los establecimientos de hospedaje que correspondan a su circunscripción municipal. La falta del informe dará lugar a la suspensión de la entrega de las ministraciones siguientes, hasta en tanto no se subsane la omisión.
El Fideicomiso presentará al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización y a la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora, más tardar el tercer lunes del mes de mayo de cada año, un informe financiero de la aplicación y destino de los recursos aportados por el Gobierno del Estado durante el año inmediato anterior.