Artículo 258.- El costo de una obra de planificación comprenderá todas las erogaciones que deban hacerse para su realización. Estas erogaciones incluirán:
I.- Honorarios de asesores técnicos;
II.- Gastos que demanden los estudios preliminares, levantamientos de plano y proyectos;
III.- Gastos Topográficos y de valuación;
IV.- Importe de maquetas;
V.- Precio de la superficie de terreno que sea necesario adquirir o expropiar para la ejecución de la obra;
VI.- Valor de las construcciones que deberán demolerse para ejecutar la obra;
VII.- Pago de indemnizaciones diversas;
VIII.- Gastos generales para la ejecución de la obra; y
IX.- Cualquier otro gasto necesario.