TITULO TERCERO DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES · CAPÍTULO PRIMERO CONTRIBUCIONES PARA OBRAS PÚBLICAS DE LOS
Artículo 262.- La cuota a cargo de cada causante será determinada teniendo en cuenta:
I.- Si la contribución es para obras públicas: a).- El beneficio directo que reciba el predio con la mejora; y b).- El beneficio indirecto, en su caso;
II.- Si la contribución es para servicios públicos, será general y equitativa.
Artículo
262.
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 1976. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.