Ley de la Hacienda Pública del Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 66

TITULO QUINTO DEL CONTROL DEL GASTO PUBLICO

Artículo 66.- La Contraloría realizará periódicamente la evaluación del ejercicio del Gasto, en función de los objetivos y metas de los programas aprobados.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.